La CONSULTA PREVIA pretende recabar la opinión de la ciudadanía y organizaciones representativas, que potencialmente pudieran verse afectadas por la futura normativa.

El Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, habilita para tal efecto varios canales:

 

 

Por su parte, la INFORMACIÓN PÚBLICA es un trámite por el que el órgano competente para resolver el procedimiento permite a los interesados y a cualquier persona examinar el expediente y formular las alegaciones que tenga por convenientes.

Al tratarse de un trámite abierto a cualquier persona, sea interesado o no, se requiere la publicación del anuncio en el Diario Oficial correspondiente (Estado, Comunidad Autónoma o Provincia), y en los tablones de anuncios de los ayuntamientos afectados dando la oportunidad de examinar el expediente, siendo preciso señalar el lugar de exhibición y el plazo para formular alegaciones. En esta página web se publicarán dichos expedientes al objeto de facilitar su examen.

Su utilización está contemplada en los artículos El art. 83.1 y 83.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, la obligatoriedad o no del trámite de información pública, vendrá determinado por la naturaleza del procedimiento.