Reconocimiento extrajudicial de crédito

En cumplimiento del artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se inicia periodo de exposición pública del expediente:

Reconocimiento extrajudicial de crédito para aplicación al presupuesto facturas de ejercicios anteriores, vía crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con remanente de Tesorería para gastos generales.

La documentación podrá ser consultada durante un periodo de 15 días.

 

Documentos